Resumen del Artículo quinientos tres

Artículo quinientos tres del Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) — 1. Por causas justificadas, las personas funcionarias tendrán derecho a iguales permisos y con la misma extensión que los establecidos en la normativa vigente aplicable a los funcionarios de la Administración del Estado, con excepción del permiso por asuntos particulares que…

LOPJVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo quinientos tres

1. Por causas justificadas, las personas funcionarias tendrán derecho a iguales permisos y con la misma extensión que los establecidos en la normativa vigente aplicable a los funcionarios de la Administración del Estado, con excepción del permiso por asuntos particulares que tendrá una duración de nueve días.

2. El disfrute de estos permisos tendrá los mismos derechos económicos que los funcionarios de la Administración General del Estado.

Norma publicada: 1 de julio de 1985

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo quinientos tres

¿Qué dice el Artículo quinientos tres del LOPJ?

1. Por causas justificadas, las personas funcionarias tendrán derecho a iguales permisos y con la misma extensión que los establecidos en la normativa vigente aplicable a los funcionarios de la…

¿El Artículo quinientos tres del LOPJ está vigente?

El artículo quinientos tres del LOPJ está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo quinientos tres dentro del LOPJ?

Se encuentra en la estructura: LIBRO VI › CAPÍTULO III.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo quinientos tres?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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